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Seguridad Pública

Ilustre Municipalidad de Río Negro

Javier Aguilar Vargas

Jefe de Seguridad Pública

Correo: seguridadpublica@rionegrochile.cl
Teléfono: 64 2236 3234

Tareas colaborativas conjuntas entre Inspectores Municipales y Carabineros (Patrullas Mixtas).

Las distintas normas y jurisprudencia administrativa, admiten, en el  ámbito de sus competencias, desempeñar funciones colaborativas/conjuntas, a través de convenios, tanto a Inspectores Municipales como a Personal de Carabineros de  Chile, en la esfera de la Seguridad Pública comunal, lo que permitirá a través del Control y Fiscalización entregar una mayor oferta de seguridad y presencia del Estado en el territorio comunal, aportando en disminuir la sensación de inseguridad con su presencia activa en las calles.

En este ámbito, hay normas legales que por sí solas pueden ser  desarrolladas por Inspectores Municipales, lo que se encamina a  los objetivos comunes de coproducción y corresponsabilidad en la generación de Seguridad Pública que le pertenecen tanto a Carabineros de Chile como a los Municipios en sus territorios.

Ley de Tránsito Nº 18.290

Art. 4, señala que:

“Carabineros de Chile y los Inspectores Fiscales y Municipales” serán los encargados de supervigilar el cumplimiento de las disposiciones a que se refiere la presente ley, sus reglamentos y las de transporte y tránsito  terrestre que dicte el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones o las Municipalidades, debiendo denunciar, al Juzgado que corresponda, las infracciones o contravenciones que se cometan.

Ley  Nº  19.925,  Expendio  y  consumo  de  bebidas  alcohólicas

Art. 2, señala que:

Todos los establecimientos que expendan, proporcionen, distribuyan o mantengan bebidas alcohólicas, “estarán sujetos a la vigilancia e inspección de Carabineros de  Chile y de los Inspectores municipales y fiscales”, en el  ámbito de sus respectivas competencias.

Ley Nº 18.287, Establece procedimiento ante los  Juzgados de Policía Local (citación a los J.P.L.)

Art. 3, señala que:

Los “Carabineros e Inspectores Fiscales o Municipales”  que sorprendan infracciones, contravenciones o faltas que  sean de competencia de los Jueces de Policía Local,  deberán denunciarlas al juzgado competente y citar al  infractor para que comparezca a la audiencia más próxima,  indicando día y hora, bajo apercibimiento de proceder en su  rebeldía.

Otras normas y competencias colaborativas/conjuntas.

  • Ordenanzas Municipales.

  • Fiscalización  de  patentes  comerciales  de locales establecidos, ferias libres y comercio ambulante.

  • Situaciones  de  emergencia,  incendios,  inundaciones,  desvíos de tránsito, etc.

  • Campañas preventivas y recomendaciones de Seguridad Pública.

  • Desarrollar acciones en el ámbito de la prevención social y  situacional.

  • Incivilidades que afecten la comuna.

UNIDADES DEL DEPARTAMENTO

Funciones

  • Fiscalizar el cumplimiento de ordenanzas municipales, normativa vigente y disposiciones legales aplicables en el territorio comunal.
  • Controlar el uso adecuado de bienes nacionales de uso público, conforme a la normativa vigente.
  • Detectar infracciones y cursar las respectivas citaciones al Juzgado de Policía Local, según corresponda.
  • Ejecutar acciones de apoyo en materias de seguridad pública y orden comunal, dentro del marco de competencias municipales.
  • Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por la Jefatura de Seguridad Pública, conforme a planificación y órdenes de servicio.

Funciones

  • Implementar la oferta programática de SENDA en la comuna, orientada a la prevención del consumo de alcohol y otras drogas, conforme a los lineamientos del Plan de Acción de la Estrategia Nacional de Drogas 2024–2030.
  • Asesorar técnicamente al municipio en la formulación de estrategias, planes y acciones comunales de prevención del consumo de sustancias.
  • Liderar la planificación, ejecución y seguimiento del Plan Comunal de Drogas, en coordinación con actores locales.
  • Desarrollar diagnósticos comunales que permitan identificar factores de riesgo y protección en la población.
  • Gestionar la articulación intersectorial para la implementación de acciones preventivas en distintos ámbitos (educacional, comunitario, laboral y parental).

Funciones

  • Promover, proteger y garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes de la comuna, conforme al Sistema de Protección Integral a la Niñez.
  • Implementar el modelo de gestión de casos, abordando situaciones de vulneración de derechos mediante intervención técnica especializada.
  • Desarrollar el Plan de Trabajo Anual de la OLN, alineado con los lineamientos del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
  • Evaluar, diagnosticar y priorizar casos de niños, niñas y adolescentes, determinando niveles de riesgo y necesidades de intervención.
  • Diseñar, ejecutar y supervisar Planes de Atención Individual (PAI), orientados a la restitución de derechos.